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Vandalismo rural: Diputados dio media sanción al proyecto que endurece las penas por invasión de campos y destrozos agrícolas

Con 162 votos a favor, la Cámara Baja aprobó la reforma del Código Penal para tipificar las intrusiones y los daños a la infraestructura productiva. El debate pasa ahora al Senado.

22 octubre, 2026
en Nuestro Campo
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En un paso de alto valor normativo e institucional para el interior productivo, la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción a un proyecto de ley destinado a tipificar y castigar con mayor severidad el vandalismo en el ámbito rural. La iniciativa, que cosechó 162 votos afirmativos, 77 en contra y una abstención, busca saldar una histórica vacancia del ordenamiento penal argentino, donde el destrozo de infraestructura agropecuaria o la irrupción no autorizada en predios privados solía encuadrarse bajo figuras de mero daño simple o contravenciones menores.

El texto legislativo —impulsado inicialmente por el espacio PRO y respaldado por bancadas como La Libertad Avanza, sectores de Unión por la Patria y bloques provinciales— introduce modificaciones sustanciales al Código Penal para dar respuesta a un reclamo persistente de las entidades agropecuarias, entre ellas Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) y la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP).

El nuevo marco penal

La reforma contempla dos incorporaciones clave en el cuerpo normativo:

  • Artículo 150 bis: Establece penas de un mes a un año de prisión para quien ingrese sin autorización a un establecimiento rural cercado o señalizado. Si la intrusión obstaculiza o interrumpe la actividad productiva, la escala penal se eleva hasta los dos años de cárcel. La presencia de alambrados, vallas o cartelería actuará como presunción suficiente de la prohibición de acceso.

  • Artículo 184 bis: Crea una figura penal específica para los daños perpetrados contra la infraestructura y la producción agropecuaria. Sanciona con dos a ocho años de prisión, más multas de tres a doce veces el valor del perjuicio ocasionado, a quienes destruyan o inutilicen granos almacenados (como los habituales ataques a silobolsas), cultivos, hacienda, sistemas de riego, bombas de agua, paneles solares, reservas hídricas o cerramientos.

Hasta el momento, atentados contra acopios de alto valor económico o herramientas estratégicas de trabajo carecían de una sanción acorde con el impacto patrimonial y productivo que generaban, equiparándose a contravenciones urbanas menores.

Con el respaldo técnico y el seguimiento de organizaciones como la Fundación Barbechando, la propuesta legislativa emprende ahora su curso hacia el Senado de la Nación, donde se prevé un pronto tratamiento para expedir la sanción definitiva que convierta el proyecto en ley.

Fuente: Infocampo

Fotografía: Gentileza Infocampo

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