El Ministerio de de Desarrollo Territorial y Hábitat advirtió hoy que se mantiene la vigencia de la prohibición de efectuar desalojos y rescindir contratos hasta el 30 de septiembre, a la vez que ratificó que se deben mantener los valores de los alquileres vigentes a marzo pasado.
En ese mismo sentido la cartera aclaró que, de generarse deudas, se pagarán recién en octubre en 3 o 6 cuotas. Los inquilinos, además, pueden exigir los datos bancarios a fin que se les garanticen los medios para el pago de los alquileres, y en los casos de pago por transferencia o depósito no puede sufrir aumentos ni penalizaciones.
En tanto, los contratos de alquiler que se vencieron luego de iniciada la cuarentena -el 20 de marzo- quedaron prorrogados automáticamente hasta el 30 de septiembre.
También se aclaró que no puede exigirse el pago de contratos de alquiler de unidades alcanzadas por el DNU que debieron comenzar durante el aislamiento obligatorio, pero no pudieron llegar ser ocupadas dada la imposibilidad de traslado y mudanza.







