Tras dictar la suspensión preventiva por 60 días de la aplicación de la Ley 27.801 —que establece el nuevo Régimen Penal Juvenil en territorio bonaerense—, la jueza Marta Elba Pascual rompió el silencio para detallar los alcances de su fallo. La magistrada hizo lugar a un habeas corpus colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo al advertir que los institutos de menores no cuentan actualmente con la infraestructura ni el personal necesario para afrontar un eventual incremento en las detenciones.
En declaraciones públicas, la funcionaria judicial aclaró que la resolución no busca frenar la baja de la edad de imputabilidad ni desconocer la gravedad de los delitos cometidos por adolescentes, sino exigir que los distintos poderes del Estado coordinen las condiciones mínimas para su implementación real.
Los ejes centrales del reclamo y la situación de los institutos
Durante su exposición, la titular del juzgado lomense remarcó los puntos clave que sustentan el freno preventivo al nuevo esquema nacional en la provincia:
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Búsqueda de consensos e infraestructura: Pascual precisó que la pausa de 60 días busca forzar una mesa de trabajo entre las autoridades ejecutivas y judiciales para definir qué recursos habrá en los centros de detención, cómo se aplicarán las medidas alternativas al encierro y quiénes realizarán el seguimiento de los adolescentes.
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Riesgos del hacinamiento: La magistrada sostuvo que prive a un joven de su libertad sin educación, oficio ni contención psicológica genera que cumpla la mayoría de edad y sea trasladado a un penal común con mayores niveles de violencia, lo que impacta negativamente en la sociedad.
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Situación procesal actual: La jueza remarcó que la suspensión no implica la impunidad de menores de entre 14 y 16 años, ya que la legislación procesal bonaerense vigente ya concede herramientas a los jueces de garantías para dictar la privación de la libertad en casos graves.
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Atención a las víctimas: Al ser consultada sobre los reclamos de justicia de las víctimas, la magistrada indicó que su función exige conciliar la escucha al damnificado con la obligación legal de devolver a la sociedad un joven resocializado.
Con este fallo, la Justicia de la Provincia de Buenos Aires emplazó a los organismos competentes a presentar un plan de adecuación para evitar la saturación de los dispositivos socioeducativos de privación de la libertad.
Fuente: Información basada en las declaraciones y el artículo «La jueza que suspendió el Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires explicó su decisión», publicado en A24 (07/09/2026).
Fotografía: Archivo A24.com / Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.





