La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la feria fiscal hasta el 11 de octubre próximo y alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras e intimaciones de pago, entre otros procedimientos.
A través de una resolución se determinó que durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio, se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.
Sin embargo, en esta oportunidad, la normativa exceptuó por primera vez de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia.
La medida no suspende las acciones de la AFIP, no obstante lo cual, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.





