Un fallo de la Suprema Corte de Justicia bonaerense para el Municipio de San Isidro podría complicar las finanzas de los Ejecutivos provinciales.
El 27 pasado, el máximo tribunal provincial declaró la inconstitucionalidad de 66 de los 110 artículos del Estatuto de los trabajadores municipales (ley 11.757) y ordenó su inaplicabilidad para el distrito de San Isidro, que había entablado una demanda.
La misma regulaba cuestiones propias de su ámbito, como los requisitos de admisibilidad para el ingreso de trabajadores, el régimen de licencias, las razones de cese, los derechos y obligaciones de los empleados, y, fundamentalmente, volver a pagar un 3 % de antigüedad, -que con la Ley 11757 se bajó al 1 %-, lo que significará triplicar el gasto que por ese concepto se paga.
Es un derecho que se restituiría a los trabajadores municipales, pero hacerlo sin aumentar la coparticipación de la provincia a las comunas, pondría en rojo a los números de los municipios.
«Esto traería muchos beneficios», afirmó Gómez
«Con esta ley, estábamos atados a una esclavitud por parte de las municipalidades: esto traería muchos beneficios, como las vacaciones, ingresos, planta permanente y otras cosas de las que estábamos precarizados y dependíamos de la buena voluntad del Ejecutivo», remarcó el secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales, Abel Gómez.
En tanto, señaló que «somos los únicos que no tenemos convenio colectivo de trabajo y no tenemos paritarias» y destacó que la misma sentó jurisprudencia porque «si apelamos a la Corte Suprema provincial, tendríamos los mismos derechos que San Isidro».
Asimismo, no descartó que se convierta «en una herramienta más» y consideró que la propuesta de derogar la ley en la Cámara de Diputados «es una opción más».





