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Monotributistas: permiten usar facturas viejas

7 enero, 2015
en Locales

La AFIP anunció que los monotributistas que tengan facturas impresas con anterioridad al 1 de noviembre de 2014, podrán continuar utilizando esos talonarios (mismo luego de enero) después de la implementación del nuevo sistema sólo si: informan los datos de los comprobantes ante la Administración Federal; si no usaron talonarios impresos conforme a lo previsto por la Resolución General N° 3.665 (lo que se podrá comprobar en la web de la AFIP); y si ya cuentan con talonarios impresos y sin uso o bien, en proceso de impresión.

En la Resolución 3704, el organismo aseguró que el objetivo es facilitarle a los contribuyentes y/o responsables «el cumplimiento de sus obligaciones fiscales», por lo que dispone un nuevo plazo para permitir la utilización de los comprobantes impresos a las fechas de aplicación fijadas en la Resolución General N° 3.665, donde se estableció que los contribuyentes deberán imprimir facturas «C» del mismo modo que las facturas «A» y «B» de IVA inscriptos que incluirán un CAI con vencimiento.
De esa manera la AFIP renovó las facturas de monotributistas con un nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes y la inclusión en las facturas «C» del Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento.

A partir del 1 de noviembre de 2014, este tipo de contribuyentes y los exentos en IVA recomienzan la emisión de sus comprobantes desde el número 00000001.
Por otra parte, todos los responsables deberán utilizar remitos tipo «R». Los remitos tipo «X» se mantendrán pero únicamente para los traslados internos, dentro del mismo predio, establecimiento o parque industrial, o cuando sean emitidos por los controladores fiscales de la vieja tecnología como documento no fiscal homologado.

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