El Gobierno prorrogó hasta el 31 de octubre próximo la vigencia de los precios máximos para 304 productos que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza, cuyos valores deben ser los que regían al 6 de marzo último.
La medida incluye a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón de ventas.
Lo mismo rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones, que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.
En este caso deben mantener los precios vigentes al 6 de marzo último para venta a consumidores, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y supermercados mayoristas.







