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Elecciones con boleta única: multas por no votar y qué pasa si me designan autoridad de mesa

1 octubre, 2025
en Provinciales
Elecciones con boleta única: multas por no votar y qué pasa si me designan autoridad de mesa

Las elecciones legislativas nacionales 2025 se realizarán el 26 de octubre, y a diferencia de lo que pasó en el territorio bonaerense el 7 de septiembre que se usó la boleta “tradicional”, se irá a las urnas para votar con la Boleta Única Papel (BUP).

Puntualmente, en la provincia de Buenos Aires se votará para elegir diputados nacionales, mientras que en otras jurisdicciones además van a elegir senadores nacionales.

En la columna de la BUP, de forma vertical, aparecen los partidos políticos; y en las filas, de manera horizontal, figuran las categorías de cargos. El día de la elección el elector debe identificarse con su DNI en su mesa correspondiente.

El presidente de mesa le entregará un ejemplar de BUP y un bolígrafo, y lo habilitará a ingresar a la cabina de sufragio. En la cabina de votación se debe marcar el casillero correspondiente.

Es una sola marca por categoría. Luego de seleccionar las opciones de preferencia, la boleta debe ser doblada siguiendo las instrucciones presentes en su dorso, e introducida en la urna.

Multas por no ir a votar

Las personas entre los 18 años y los 70 están obligadas a votar, aunque los jóvenes a partir de los 16 pueden hacerlo si están en el padrón.

De hecho, el Código Electoral establece que el voto es obligatorio para los ciudadanos argentinos, salvo casos puntuales de excepción. Y quienes no cumplan con la obligación de votar deberán justificar su ausencia o enfrentar multas y restricciones.

Además de la multa económica, quienes no voten ni presenten un justificativo válido serán incorporados al Registro de Infractores.

Estar en esa lista pública implica restricciones para realizar trámites como renovar el DNI, obtener el pasaporte o iniciar gestiones previsionales, hasta regularizar la situación.

Las sanciones económicas varían según la cantidad de infracciones acumuladas: parten de $50 por faltar a una primera elección y pueden escalar a $500 en el ámbito nacional.

Algo simbólico aunque puede acarrear problemas por ejemplo para desempeñar cargos públicos durante tres años y de obtener certificaciones de antecedentes penales, lo que puede complicar viajes o contratos laborales en el exterior.

Autoridades de mesa

Para las elecciones, la Justicia Electoral convocará a ciudadanos para ser autoridad de mesa, y a cambio le pagará por ese servicio.

Ahora bien: ¿es obligatorio o se puede rechazar el cargo?

El sitio de la Cámara Nacional Electoral, perteneciente a la Justicia Nacional Electoral del Poder Judicial, indica que las personas que fueron designadas como autoridades de mesa pueden excusarse y decir que no van a poder ejercer esa obligación solamente por las siguientes causas: Motivos de enfermedad, que esté justificada con certificado médico.

Motivos de fuerza mayor, que esté justificada. Si es candidato o dirige un partido político: debe presentar un certificado de las autoridades del partido político dentro de los 3 días de haber sido notificado.

Según lo establecido por la Cámara Electoral, el resto deberá asistir de manera obligatoria.

(Con información de DIB)

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