La justicia en lo contencioso administrativa de La Plata declaró hoy la nulidad de la resolución del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense que autorizó el aumento en las tarifas de luz para los prestadores de ese servicio en territorio bonaerense.
La medida la adoptó el juez Luis Federico Arias y afecta a las empresas EDELAP (La Plata y región), EDES (sur bonaerense), EDEA (costa atlántica), EDEN (norte de la provincia) y las -alrededor de- 2000 cooperativas que no podrán cobrar el aumento, consignó el portal LaPolíticaOnline.com.
El juez consideró que la nulidad de los aumentos no afecta a la Tarifa Social dispuesta en esa resolución y ordenó al Poder Ejecutivo y al Órgano de Control de la Energía Eléctrica bonaerense (OCEBA) a que, dentro del plazo de cinco días corridos, se instruya a las distribuidoras a la refacturación de la tarifa eléctrica a los valores vigentes con anterioridad a la resolución impugnada.
También ordenó la restitución de todos los importes percibidos en exceso con motivo de la aplicación de la citada Resolución, que serán aplicados en futuras facturaciones.
En el fallo, el magistrado consideró que “los usuarios no han tenido participación alguna en el procedimiento de revisión tarifaria, ni han sido informados de las razones o motivos del aumento”.
Arias cuestionó así la falta de una audiencia pública para definir el aumento tarifario, audiencia a la que el gobierno bonaerense convocó para el 28 de julio en Mar del Plata.




