En busca de reactivar al sector turístico, el Gobierno dispuso que la celebración del 12 de octubre en el que se conmemora el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, pase del domingo al viernes 10.
De esta manera, se forma un fin de semana largo pero frente a este cambio, surge la duda de la naturaleza de este asueto, puesto que puede ser un feriado o un día no laborable.
Según la resolución, se traslada el asueto y se trata de un feriado nacional y no de un día no laborable.
De esta forma, el feriado forma un fin de semana largo de tres días. Por lo tanto, es una jornada de descanso obligatoria, que debe cumplirse en todo el territorio nacional.
Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada.
La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago. En tanto, los días no laborables es de carácter optativo, y la decisión de otorgarlo como jornada de descanso o de exigir la prestación de servicios recae exclusivamente en el empleador.
(Con información de DIB)







