La Administración Federal de Ingresos Públicos formalizó la extensión hasta el 31 de agosto próximo, del plazo de inscripción a la moratoria para micro, pequeñas y medianas empresas contenida en la Ley de Solidaridad.
La ley dispuso un régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras vencidas al 30 de noviembre de 2019, para aquellos contribuyentes que se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas Mipymes, y para las entidades civiles sin fines de lucro.
Asimismo, estableció el beneficio de liberación de multas y demás sanciones que no se encuentren firmes ni abonadas, una quita de la deuda consolidada cuando el capital, las multas firmes e intereses no condonados se cancelen mediante pago al contado.
También, estipuló la eximición y condonación total de los intereses resarcitorios o punitorios que tengan como origen los aportes previsionales adeudados por los trabajadores autónomos, y un porcentaje de los intereses adeudados por el resto de las obligaciones fiscales.






