La decisión del Gobierno nacional de prorrogar hasta el 30 de agosto la vigencia de los precios máximos dispuestos para 304 productos básicos quedó oficializada hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
En la norma, que incluye alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza de acuerdo con sus valores al 6 de marzo, se intima además a las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización “a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada, y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión” durante el período de vigencia de la medida.
La prórroga dispuesta comprende a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas, y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón de ventas.